Características del Programa de Incentivos a la Contratación «Incentívate»
Incentivar la contratación mediante la concesión de una subvención a favor de aquellas empresas que asuman compromisos de contratación o formalicen contratos, en la modalidad de formación-aprendizaje o en prácticas, a personas jóvenes inscritas en situación de beneficiarias en el fichero del SNGJ y en el SCE en la condición de demandantes de empleo desempleadas, de acuerdo a los condicionantes establecidos en su correspondiente Resolución reguladora del programa y demás normativa que resulte de aplicación, con el fin de facilitar la celebración de nuevos contratos y de contribuir a reforzar la empleabilidad y las competencias profesionales de las citadas personas jóvenes.
La solicitud del Servicio de Empleo INCENTÍVATE por parte de las personas desempleadas, con carácter previo a la contratación objeto de subvención, es un requisito que deben cumplir las personas jóvenes a contratar para que las empresas interesadas puedan acogerse a la subvención, y tiene asimismo como objeto prestar un servicio de información a los demandantes de empleo sobre las características del programa INCENTÍVATE, con la finalidad de resultar de utilidad para incrementar sus oportunidades de empleo.
La cuantía de subvención a conceder, a las entidades que resulten beneficiarias de subvención, queda establecida en función de los siguientes criterios:
Contrataciones formalizadas por los siguientes períodos de suscripción, considerando los mínimos y máximos establecidos a continuación:
El importe de subvención que corresponda, en aplicación de los criterios anteriormente establecidos, se incrementará en quinientos euros (500€) más, para ambas modalidades de contratación, si la contratación es formalizada con personas que, cumpliendo el resto de requisitos establecidos en la base reguladora tercera de la presente Resolución, pertenezcan a los siguientes colectivos:
En el caso de concurrir la pertenencia a ambos colectivos en una misma persona se
incrementará la cuantía en una ocasión.
Los importes de subvención descritos se corresponden con contratos a jornada completa y considerando el tiempo de trabajo efectivo establecido como máximo, modulándose la cuantía de la subvención en caso contrario. En el supuesto de celebración de contratos a tiempo parcial para la modalidad de contratos en prácticas, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por la que se hubiere suscrito el contrato, que en cualquier caso no podrá ser inferior al 50% de la jornada ordinaria establecida en cada caso.
OTRAS ACCIONES FORMATIVAS PARA JÓVENES
FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL
Proyecto cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19: Línea 2 Subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19.
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